lunes, 2 de agosto de 2021

Por dónde empezar tras un diagnóstico

 En los tiempos que corren de verdad que me encanta hablar con conocid@s pero me preocupa que muchas veces me plantean las mismas preguntas. Preguntas a las que tengo respuestas, no por que sea mas lista  que nadie, si no por que he aprendido a base de palos de la vida. Así que si este post puede ayudar a solo una persona ya me sentiré feliz. Antes de nada, las advertencias:

1. Verifique todo lo que digo aqui en su comunidad

2. Consulte los organismos oficiales

3, No tenga miedo a preguntar mil veces a su centro de referencia.

Todo empieza con un diagnóstico y un periodo de duelo, el duelo de perder esa vida sin discapacidad y aceptar la realidad de que tendremos que convivir con la diversidad de por vida.El duelo se compone de cinco etapas. Estos cinco estadios son la negación, la ira, la negociación, la depresión y la aceptación. Evidentemente, nadie puede establecer cuanto tiempo va a durar cada etapa y realmente te sientes muy perdida, para nada acompañada. Si, la información de lo que debes hacer está ahí, es pública y accesible pero no siempre está claro por donde empezar y a donde acudir. Es díficil empezar a hacer trámites farragosos cuando aun no hemos llegado a la última etapa del duelo ¿Existe una figura que después del diagnóstico te llame y te guie por los pasos que hay que dar? Que yo sepa, no ¿Cuando se descubre un diagnóstico que conlleva discapacidad se activa un protocolo para ayudar a la familia? Que yo sepa, no. Repito, no voy a revelar aqui ningún secreto, toda la información se puede encontrar fácilmente si sabes donde buscarla pero la cuestión es si la persona que debe aceptar la nueva situación familiar está predispuesta a buscarla. Y la realidad es que cuanto mas tardemos en arreglar todo papeleo, estamos perdiendo dinero y apoyo para la persona con discapacidad. Así que vamos al lío....

1. Con el diagnóstico del médico acudir al Centro de Atención a la Discapacidad de tu localidad o ciudad mas próxima y pedir que le reconozcan un grado de discapacidad. Esto es muy importante y básico para poder solicitar ayudas posteriores.

2. Informarte de dónde se puede solicitar la Dependencia. Es algo que se tiene que tramitar independientemente de la discapacidad ya que tiene otros barenos. Suele depender de oficinas de servicios sociales de la comunidad. La dependencia depende de una valoración que se hace a domicilio por técnicos. Existe el grado y la puntuación dentro de cada grado, de esas dos cosas depende la cuantía económica que te dan mensualmente para cubrir terapias o tratamientos, aunque no me consta que comprueben en qué gastas el dinero.

3.Al tener la discapacidad ya podemos pedir una pensión por discapacidad. Tenemos varias opciones. Si hemos cotizado, tendremos derecho a un tipo de pensión y si no hemos cotizado, a otro tipo de pensión, la No contributiva. En esta última nos centraremos ya que es a la que puede acceder cualquier menor con una discapacidad igual o superior al 33 %. Esta prestación se solicita en el Instituto Nacional de la Seguridad Social o bien en las oficinas de la Generalitat Servicios sociales (de vuestra comunidad). 

En el INSS se puede solicitar la Prestación por hijo a cargo o la prestación por puntos (parece que coloquialmente se llama así). Esta prestación económica irá a nombre de cualquier progenitor del menor y se cobra en enero y julio, 500 euros cada vez. Hijos mayores de 18 años: 4.704,00 euros/año, cuando el hijo a cargo se encuentre afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. Cuando el hijo a cargo con discapacidad alcanza la mayoría de edad y su discapacidad sigue siendo igual o superior al 65%, puede solicitar una Prestación familiar a su nombre que actualmente es de 588 € mensuales (12 pagas anuales) sin que le afecten los ingresos de los demás miembros de su unidad familiar. Real Decreto 1335 del 11 de noviembre de 2005 (página 5. Punto 4)

La Generalitat o cualquier otro gobierno autonómico tienen otras ayudas (incompatibles con la anterior) y puedo inforrmaros de los datos de la Generalitat. Esta Pensió no contributiva es de 14 pagas anuales y el importe es similar a la prestación del Inss PERO se tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar y se podría ver penalizada.

4. BECAS Y. AYUDAS

Actualmente, existe una beca MEC ofrecida por el Ministerio de Educación y. Cultura (España) para refuerzo escolar y diferentes terapias. Cada año sale en agosto y se debe presentar toda la documentación antes de que finalice septiembre. Creo que ahora es obligatorio presentar documentación sobre la discapacidad.

También están las Ayudas PUA ofrecidas por la Generalitat. Es un dinero para la compra de ayudas técnicas de todo tipo. Cada año sale un catálogo de las ayudas técnicas para el hogar, el coche, el trabajo.... Se ha de presentar factura o presupuesto de la ortopedia en la oficina de Servicios sociales en el plazo indicado.


Seguro que me dejo algunas cosas, decídmelo y hago otro post.